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Las actas del Congreso Constituyente de Michoacán de 1824-1825 y lo que aún no hemos entendido

  • Foto del escritor: Jesús Arroyo Cruz
    Jesús Arroyo Cruz
  • hace 6 días
  • 4 Min. de lectura

El constitucionalismo en Michoacán nació entre ideas, papeles, borradores y sesiones intensas. No fue un proceso terso ni un momento glorioso congelado en bronce: fue un esfuerzo comunitario y político que quedó registrado en las actas del Congreso Constituyente de Michoacán de 1824-1825, documentos que conservan la respiración real de un Estado que estaba por nacer. Allí se advierte no solo la redacción de una Constitución, sino también los intereses, inclinaciones, tensiones y aspiraciones concretas de quienes, desde ámbitos locales de poder, se jugaron el futuro institucional de la entidad.


Estas actas —reconstruidas y, en ciertos casos, rescatadas del extravío documental— son un espejo directo de cómo se pensaba el Estado, qué preocupaciones tenían sus actores principales y cuáles eran las rutas posibles que imaginaban para construir una nueva vida política. Entenderlas con atención es comprender aquello que todavía no hemos terminado de procesar: cómo se formó la conciencia constitucional de Michoacán.

 

Las actas como una ventana al constitucionalismo en Michoacán

El Archivo del Congreso de Michoacán conserva tres de los cinco libros originales: dos de actas públicas y uno de sesiones secretas. Los libros primero y cuarto se perdieron en algún momento de las transiciones institucionales, quizá durante cambios de sede o reorganizaciones administrativas. Aun así, el acervo no quedó mutilado, sobreviven los borradores y minutas, claves para reconstruir de manera íntegra el proceso legislativo del Congreso Constituyente de 1824-1825.

 

Estos materiales registran acuerdos, revelan el debate sobre los asuntos esenciales del nuevo Estado. En sus páginas se observan las tensiones entre el legado borbónico y las demandas de un orden político distinto: administración pública, soberanía, justicia, finanzas, representación ciudadana. Cada sesión refleja la pugna entre las viejas formas y la urgencia de construir un marco legal que respondiera a la nueva realidad nacional. Por eso, hablar del constitucionalismo en Michoacán sin revisar estas actas es como hablar de una casa sin revisar sus cimientos.

 

Lo que las actas revelan de los constituyentes michoacanos

Lejos de ser improvisados, los constituyentes tenían experiencia política, formación previa y referentes intelectuales claros. Figuras como Juan Pastor Morales —clave también en la Diputación Provincial—, José María López Rayón y José Trinidad Salgado forman parte de una generación que conocía las fragilidades de la guerra, los límites del régimen anterior y las oportunidades del nuevo federalismo.

 

El profesor Jesús Romero Flores elogió su “talento y labor”, y no es exageración: en quince meses dejaron constituido el Estado de Michoacán en todos sus poderes, diseñaron reglamentos, establecieron normas fiscales, definieron facultades municipales y sentaron los principios del gobierno local. Legislaban, reorganizaban, armonizaban, discutían, ajustaban. La urgencia del momento los obligaba a mantener un ritmo exhaustivo. De ahí que las actas del Congreso Constituyente son la bitácora de un Estado en construcción.

 

¿Por qué faltan dos libros del archivo original?

Las ausencias tienen explicación histórica. Los libros primero y cuarto pudieron perderse durante cambios de sede, reorganizaciones internas o incluso durante mudanzas de oficinas. En esa época, muchos archivos del siglo XIX sufrieron daños similares. Afortunadamente, las minutas y borradores permitieron reconstruir fielmente el contenido.

 

¿Para qué sirven hoy las actas del Congreso Constituyente?

Su valor no es solo historiográfico, permiten estudiar el constitucionalismo en Michoacán desde dentro, viendo cómo se decidían los temas, qué preocupaciones se repetían, qué actores influían más y cómo se ensambló el nuevo orden estatal. Sin estas actas, toda interpretación sería incompleta.

 

¿Qué aportó el Congreso de 1824 al nacimiento del Estado?

Los aportes fueron profundos y decisivos: sancionó la Constitución Particular de 1825, jurada el 19 y 20 de julio, publicó por bando solemne la primera Constitución local, estructuró la administración estatal y fijó la arquitectura de los poderes, emitió decretos fundamentales (cuyo original ya se imprimía desde 1828), definió las reglas financieras, fiscales y municipales, estableció un sistema legal que permitió que el Estado de Michoacán ingresara a la dinámica nacional del federalismo. Todo esto convirtió el experimento político en un Estado funcional y duradero.

 

El escenario físico donde se forjó el constitucionalismo en Michoacán

El Congreso se instaló formalmente el 6 de abril de 1824 en el salón del Colegio Seminario, lugar simbólico que luego se transformaría en sede del Poder Ejecutivo. Más tarde, las sesiones se trasladaron al antiguo Colegio de Jesuitas, un edificio que décadas después albergaría la Escuela de Artes.

 

Esos espacios representan la transición de instituciones virreinales religiosas a instituciones republicanas civiles. Los pupitres del Seminario, las mesas improvisadas, las plumas sobre borradores, las sesiones largas y el agotamiento visible en los manuscritos cuentan tanto como los decretos. Allí se plasmó el esfuerzo de adaptar un territorio entero a una nueva lógica constitucional.

 

El 16 de julio de 1825 concluyó legalmente el período del Constituyente, que clausuró sus labores dos días después. El 13 de agosto de 1825, el gobernador Antonio de Castro inauguró el primer Congreso Constitucional del Estado, con José Trinidad Salgado como vicegobernador. Esa fecha marca la transición definitiva, del proyecto al inicio de la vida institucional.

 

La primera Constitución de Michoacán fruto de un trabajo colectivo

El constitucionalismo en Michoacán fue una obra colectiva, fruto de trabajo sostenido, tensiones políticas y decisiones que buscaban dar forma a un nuevo orden. Las actas de 1824-1825 que puedes adquirir en Amazon en versión ebook, pasta blanda y pasta dura permiten observar ese proceso con una claridad excepcional, pues muestran el paso del desorden al diseño, del debate al decreto, del ideal al texto jurídico.

 

Regresar a ellas no es un ejercicio académico aislado. Es volver al momento en que un grupo de hombres, casi siempre con más responsabilidades que tiempo, transformaron los papeles en poder público y dieron a Michoacán su primera identidad constitucional.


Este artículo ha sido escrito por Jesús Arroyo Cruz con base en fuentes históricas de los siglos XIX y XX. Nuestros contenidos están diseñados para aportar y acompañar en el camino del conocimiento.


Portada de Actas y decretos del Congreso Constituyente de Michoacán: 1824-1825: Tomo III

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